Viernes 6 de Julio de 2018
ORDEN DE LA CONSELLERIA DE ECONOMIA, EMPREGO E INDUSTRIA DE 7 DE JUNIO DE 2018 (DOG 27/06/2018) QUE ESTABLECE LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA A FAVOR DE LA CONTRATACION DE MUJERES DESEMPLEADAS
PROGRAMA DE BONOS DE CONTRATACION
Contrataciones a tiempo completo o a tiempo parcial realizadas desde el 1 de enero de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2018 con mujeres desempleadas.
No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones establecidas en esta orden las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni las empresas que estén excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo conforme a lo establecido en el art. 46 de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por RDL 5/2000 de 4 de agosto.
Principales requisitos
1. Tiene que incrementarse la plantilla fija y el empleo neto de la empresa respecto de la media de los 3 meses anteriores al de la contratación.
2. La jornada da contratación indefinida inicial a tiempo parcial no podrá ser inferior al 50 % de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
3. Se excluyen las contrataciones realizadas con trabajadores que hayan finalizado una relación laboral indefinida en los 3 meses anteriores a la contratación, a no ser que el cese se haya producido por despido reconocido o declarado improcedente, o bien por alguna de las causas señaladas en los art. 49 1 g) y 51 y 52 c) del Estatuto de los Trabajadores.
4.- Se excluyen las contrataciones realizadas con trabajadoras que en los 24 meses anteriores a la fecha de contratación prestaran servicios en la misma empresa con un contrato indefinido, o en los 3 últimos meses mediante un contrato de carácter temporal.
Incentivos
7.000,00 € por cada contratación de trabajadora desempleada. La subvención puede llegar a alcanzar los 12.250,00 € caso de que el centro de trabajo esté situado en un ayuntamiento rural y la mujer contratada sea una emigrante retornada mayor de 45 años. Estos incentivos serán proporcionales a la jornada contratada.
Además, las empresas podrán ser beneficiarias de un bono para la formación de la trabajadora contratada, con una duración mínima de 50 horas de formación teórica en contenidos relacionados con el puesto de trabajo durante los tres primeros meses de la contratación y dentro de su jornada laboral, ya sea en las instalaciones de la empresa o en las de la entidad encargada de la formación. Esta formación se incentivará con una ayuda de 1.000,00 €
Obligaciones
Mantener a la trabajadora contratada durante un período de 2 años desde la fecha de la contratación.
Mantener durante 2 años el número de trabajadores fijos de la plantilla en el mes de realización de la contratación.
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